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Universidad de Zaragoza
Manos

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Pagos a personal ajeno a UNIZAR

  • Conferencias: Hasta 1.000 € por conferencia 
  • Mesas redondas: Hasta 350 € por mesa redonda 
  • Reuniones: Se indicará el motivo, fechas y horarios de las reuniones, adjuntado la convocatoria a la reunión, si fuera posible
  • CursosLos pagos por docencia no podrán exceder de 150 €/hora 
  • Premios: Necesario adjuntar la convocatoria y el acta de concesión del premio.
  • Retención IRPF: Descuento de un 15 % para personas residentes en España y de un 24% para no residentes.
  • Países exentos de retención por IRPF: No tendrán ninguna retención por este concepto quienes impartan conferencias o seminarios de corta duración y acrediten residir en países con los que España tiene suscrito convenio de doble imposición, siempre que acompañen Certificado de residencia a efectos fiscales emitido por la autoridad fiscal del país de origen. Se puede consultar los países con convenio firmado con España en siguiente enlace: https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Normativa/CDI/Paginas/CDI_Alfa.aspx
  • Procedimiento: La solicitud de pago se enviará a la Unidad de Gestión Económica de Cátedras, que abonará el importe líquido por transferencia. Deberá adjuntarse obligatoriamente una fotocopia del DNI del interesado. Es importante cumplimentar el documento correctamente con todos los datos, incluido el email del perceptor, ya que le enviarán a ese correo el certificado de la retención de IRPF practicada a incluir en su declaración de la renta.

Si el pago se realiza a un profesional dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, por el desarrollo de su actividad, deberá presentar factura, no se le puede pagar directamente por este procedimiento.

Resumen de Modelos, claves y subclaves fiscales

Pago a personas físicas no pertenecientes a la UZ

Pago a personas físicas no pertenecientes a la UZ (inglés)

El impreso de pago es un formulario, por lo que, para poder firmarlo electrónicamente sin que se pierda su contenido, tiene que ser "aplanado" previamente. Para ello, una ver rellenado, hay que imprimir el documento en pdf y firmarlo electrónicamente después. Si se firma el formulario sin "aplanar" no se guarda la información escrita en los campos. Como tiene que ser firmado también por una persona externa a la universidad, si ésta no dispone de firma electrónica puede firmarlo en papel y, posteriormente, el documento escaneado en pdf con la firma manuscrita lo firmará electrónicamente el director de la cátedra. Cuando se mezclan firmas manuscritas y electrónicas la firma electrónica tiene que ser siempre la última.

Pago de premios

  • Procedimiento: Para el pago de premios es necesario que haya habido una convocatoria previa. La solicitud de pago se enviará a la Unidad de Gestión Económica de Cátedras junto con la convocatoria y el acta de la resolución. Si el perceptor es externo deberá adjuntarse obligatoriamente una fotocopia de su DNI. Es importante cumplimentar en el impreso de pago todos los datos de la persona, incluida la dirección de correo electrónico.
  • Retención IRPF para externos: Residentes en España: 15 %, no residentes: 24 %. No tendrán ninguna retención por este concepto quienes acrediten residir en países con los que España tiene suscrito convenio de doble imposición, siempre que acompañen Certificado de residencia a efectos fiscales emitido por la autoridad fiscal del país de origen. Se puede consultar los países con convenio firmado con España en siguiente enlace: https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Normativa/CDI/Paginas/CDI_Alfa.aspx

Pago a personas físicas no pertenecientes a la UZ

Pago a personas físicas no pertenecientes a la UZ (inglés)

En caso de que la persona que haya obtenido el premio perciba una nómina de la Universidad de Zaragoza, deberá recibir el importe del premio necesariamente a través de su nómina (independientemente de la naturaleza del premio), descontándose del importe a pagar la parte correspondiente a la cuota patronal de Seguridad Social, en su caso.

Pagos por nómina a personal de la UZ

El impreso de pago es un formulario, por lo que, para poder firmarlo electrónicamente sin que se pierda su contenido, tiene que ser "aplanado" previamente. Para ello, una vez rellenado, hay que imprimir el documento en pdf y firmarlo electrónicamente después. Si se firma el formulario sin "aplanar" no se guarda la información escrita en los campos. 

Si tiene que ser firmado también por una persona externa a la universidad y ésta no dispone de firma electrónica puede firmarlo en papel y, posteriormente, el documento escaneado en pdf con la firma manuscrita lo firmará electrónicamente el director de la cátedra. Cuando se mezclan firmas manuscritas y electrónicas la firma electrónica tiene que ser siempre la última.

Pagos a PTGAS UNIZAR por labores de apoyo administrativo

Procedimiento:

  • La dirección de la Cátedra deberá solicitar autorización a la Vicegerencia de Recursos Humanos para que la persona propuesta pueda realizar las labores de apoyo administrativo fuera de su jornada habitual de trabajo. Dicha solicitud debe dirigirse a la Sección de PAS a través del Registro Electrónico.
  • Con la periodicidad que se determine, se enviará el impreso de solicitud de pago a la Unidad de Gestión Económica de Cátedras, que se encargará de su tramitación para su abono por nómina. En todos los casos, el coste de la cuota patronal de Seguridad Social se descontará del importe solicitado.

IMPRESO

El impreso de pago es un formulario, por lo que, para poder firmarlo electrónicamente sin que se pierda su contenido, tiene que ser "aplanado" previamente. Para ello, una vez rellenado, hay que imprimir el documento en pdf y firmarlo electrónicamente después. Si se firma el formulario sin "aplanar" no se guarda la información escrita en los campos.

Dietas

Indicaciones para el cálculo de Indemnizaciones por razón de servicio:

Viajes de un solo día de duración: No se percibirán gastos de alojamiento ni manutención si la duración es inferior a 5 horas. Corresponderá ½ dieta si la salida es anterior a las 14 h. y finaliza después de las 16 h.

Viajes de varios días de duración:

  • Día de salida: Corresponde 1 dieta completa si la salida es anterior a las 14 h.
  • Día de regreso:  No se percibe alojamiento ni manutención, excepto si el regreso es posterior a las 14 h. que corresponde ½ dieta. Si fuera posterior a las 22 h. y obligase a cenar fuera se puede percibir el importe del justificante del establecimiento donde se realice la cena con el máximo de lo correspondiente a ½ dieta.

Para cátedras financiadas con fondos públicos, los importes máximos serán los dispuestos en la normativa que establezca las condiciones de justificación de los fondos. En caso de financiación mediante subvención pública, los importes de aplicación serán los establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.  

Importe dietas en territorio nacional:

Dietas territorio nacional

 

 

 

 

 

 

Importe dietas en territorio extranjero: Cuadro de importes por noche de alojamiento y día completo de manutención por países (Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio). Para viajes a partir de 01/03/2025 se podrán aplicar los importes de manutención y alojamiento correspondientes al grupo 1, como grupo único, salvo cuando el gasto vaya a cargo de subvención pública externa que se aplicarán los correspondientes al grupo 2.

Los importes establecidos por manutención se perciben según el tiempo de duración de la estancia fuera de la localidad de trabajo habitual, pero los de alojamiento son máximos y se percibe lo realmente gastado, debiendo justificarse documentalmente mediante factura a nombre del viajero.  Los gastos de desplazamiento en transporte público se justifican con el correspondiente billete de avión (más la tarjeta de embarque), tren o autobús donde aparezcan los datos del pasajero, itinerario e importe. Si se utiliza vehículo propio, el importe a percibir será de 0,26 euros por km. para coches y de 0,106 para motocicletas.  Si se incluyen recibos de taxi estos deben indicar la fecha, el trayecto realizado y el importe

El impreso deberá ir siempre firmado por el director de la cátedra o el IP del proyecto como responsable del gasto.

El impreso de pago es un formulario, por lo que, para poder firmarlo electrónicamente sin que se pierda su contenido, tiene que ser "aplanado" previamente. Para ello, una vez rellenado, hay que imprimir el documento en pdf y firmarlo electrónicamente después. Si se firma el formulario sin "aplanar" no se guarda la información escrita en los campos.

Si tiene que ser firmado también por una persona externa a la universidad y ésta no dispone de firma electrónica puede firmarlo en papel y, posteriormente, el documento escaneado en pdf con la firma manuscrita lo firmará electrónicamente el responsable del gasto. Cuando se mezclan firmas manuscritas y electrónicas la firma electrónica tiene que ser siempre la última.

Ayudas al estudio

  • Procedimiento: Para el pago de Ayudas al Estudio es necesario que haya habido una convocatoria previa. El importe máximo de la ayuda es el precio de la matrícula del estudio correspondiente. Una vez resuelta la convocatoria, la solicitud de pago se enviará a la Unidad de Gestión Económica de Cátedras, que lo realizará por transferencia. Deben comunicarse los datos del estudiante y adjuntarse obligatoriamente una fotocopia de su DNI y el acta en la que se refleje la resolución de las ayudas. La obtención de una ayuda convocada por una cátedra es incompatible con la de cualquier otra beca o ayuda que también cubra el coste de la matrícula.
  • Retención IRPF: Las ayudas para estudios oficiales no llevan retención, para otro tipo de estudios la retención es del 2 %.

Modelo de impreso de pago de Ayuda al Estudio

Pago al contado de facturas

Las facturas que hayan sido ya pagadas deberán acompañarse del impreso de Pago al Contado de Facturas y del justificante del pago para su reembolso a la persona que lo haya realizado. Al verificar la factura electrónica debe marcarse que la factura está pagada y hacer llegar a la oficina el impreso. Si se trata de un proveedor no obligado a presentar factura electrónica, y ésta se emite en papel, el impreso se presentará junto con el pdf de la factura a través de regtel (Instrucciones para depósito de facturas en registro).

IMPRESO

Pago asignaciones personales a PDI UNIZAR

El PDI de la UZ puede realizar trabajos para la cátedra, incluidos en su programa de actividades, cuya remuneración se realiza mediante asignaciones personales cobradas como complemento en la nómina. En el importe a cobrar se incluirá siempre la cuota patronal.

El cobro de estos importes está sometido a la misma normativa aplicable a los contratos OTRI en cuanto a límites anuales y retenciones adicionales (Acuerdo de 16 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza).

La dirección de la cátedra enviará el impreso de solicitud a la Unidad de Gestión Económica de Cátedras, para su tramitación como pago por nómina, acompañado del acta de la comisión mixta que apruebe la actividad.

IMPRESO

El impreso de pago es un formulario, por lo que, para poder firmarlo electrónicamente sin que se pierda su contenido, tiene que ser "aplanado" previamente. Para ello, una vez rellenado, hay que imprimir el documento en pdf y firmarlo electrónicamente después. Si se firma el formulario sin "aplanar" no se guarda la información escrita en los campos.

Indicaciones para firma y envío de documentos

Los impresos para la tramitación de los distintos pagos con cargo a las cátedras tienen que estar firmados electrónicamente por el director de la cátedra. La mayoría de los impresos están en formato formulario, por lo que, para poder firmarlos sin que se pierda su contenido, tienen que ser "aplanados" previamente. Para ello, una vez rellenado, hay que imprimir el documento en pdf y firmarlo electrónicamente después. Si se firma el formulario sin "aplanar" no se guarda la información escrita en los campos.

Cuando el impreso tenga que ser firmado también por una persona externa a la universidad, que no disponga de firma electrónica, ésta puede firmarlo en papel y, posteriormente, el documento escaneado en pdf con la firma manuscrita lo firmará electrónicamente el director de la cátedra. Cuando se mezclan firmas manuscritas y electrónicas la firma electrónica tiene que ser siempre la última.

La manera de hacer llegar a la oficina los impresos, correctamente rellenados y firmados, es mediante comunicación interna, a través de her@ldo, dirigida a la Oficina de Transferencia de la Investigación e indicando en el Asunto alguna referencia a la cátedra por la que tiene que tramitarse. Alternativamente, si no se tiene acceso a her@ldo, se puede enviar por correo electrónico.

El envío de facturas en pdf de proveedores no obligados a presentar factura electrónica tiene que hacerse mediante su presentación en el registro electrónico dirigida a la Oficina de Transferencia de la Investigación, mediante la opción de Depósito de Facturas en Registro. La factura deberá llevar la conformidad del director de la cátedra, expresada mediante su firma electrónica, y estar acompañada de los documentos necesarios para su tramitación.

Instrucciones para depósito de facturas en registro

Prorrata IVA

La Unidad de Cátedras, al contrario que otras unidades de investigación, está incluida dentro de las unidades de la Universidad que tienen un IVA Soportado parcialmente deducible, según el porcentaje aplicable de prorrata, que varía cada año. Para el ejercicio 2025 se ha establecido a estos efectos una prorrata provisional del 29%, por lo que el 71% del importe correspondiente al IVA de las facturas que se tramiten con cargo a las cátedras en el ejercicio, supone un gasto.

Información sobre incremento del overhead en 2024

El día 2 de febrero de 2024 se publicó en el Tablón Oficial de Anuncios de la Universidad de Zaragoza la Resolución, de 16 de enero de 2024, del Rector de la Universidad de Zaragoza por la que se ordena la publicación del acuerdo adoptado por el Consejo de Dirección de la Universidad de Zaragoza relativo al porcentaje de retención como compensación por la gestión y utilización de servicios e infraestructuras de la universidad.

En base al citado acuerdo, la retención a aplicar a los ingresos que se perciban por las aportaciones a las Cátedras institucionales y de empresa de la Universidad de Zaragoza pasa del 15 % al 21%.

El nuevo porcentaje de retención se aplicará a los ingresos que correspondan a los convenios de nuevas cátedras firmados a partir del 3 de febrero y a los convenios de cátedras existentes que se renueven o prorroguen (incluso de forma tácita) también a partir de esa fecha. Los ingresos recibidos en concepto de subvenciones finalistas del Gobierno de Aragón o de otras instituciones públicas se regularán según sus respectivas normativas.

Resolución Rector